lunes, 21 de septiembre de 2009

/EMPRECARIO SEPTIEMBRE 09

BOLETÍN INFORMATIVO

SEPTIEMBRE 2009



El verano no ha dado tregua al sector de telemarketing. Los despidos se han repetido una y otra vez, hoy en una empresa, mañana en otra. Así a lo largo de estos meses estivales.

En algunos casos ha llovido sobre mojado, en QUALYTEL por ejemplo, se han producido durante el mes de agosto 110 despidos en Madrid, cuando hace menos de tres meses había habido 120 en Salamanca.

Lo de esta empresa es alarmante, y como muestra un par de detalles, la plantilla total en diciembre de 2006 era de 6.095 trabajadores, en agosto de 2009 solo quedan 3.432. Más sangrante es el caso concreto de Madrid, donde en un solo año ha pasado de tener

1.506 trabajadores a los escasos 397 de los que dispone actualmente.

En SITEL con la colaboración (como no) inestimable de CCOO-UGT han firmado un ERE por el que 325 trabajadores de Madrid, Sevilla y Barcelona se quedan sin trabajo y sin algún otro derecho.

MARKTEL en Madrid ha despedido en solo dos meses a más de 400 trabajadores. Primero un artículo 17, luego un fin de obra. Conclusión, todos a la calle.

En UNISONO y OUTSERVICO de Madrid 35 y 140 trabajadores respectivamente han sido despedidos por sendos artículos 17 que no han si-do debidamente acreditados.

En TELETECH de Toledo fueron 168 trabajadores los que se quedaron sin empleo. En este caso hay que significar que además la empresa ha tomado el

pelo a CCOO que firmó un acuerdo que permitiendo los despidos. Y no lo decimos nosotros lo dice Fernando Botica, Secretario Regional de CCOO-Comfia, en declaraciones al diario “El Día” de Castilla-La Mancha y que reproducimos textualmente: “Se han reído de to-dos, han abusado de nuestra disponibilidad y ahora nos sentimos como idiotas“ . Si él lo dice....

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El pasado 28 de agosto CGT procedió a la denuncia formal del Convenio Colectivo de Contact Center ya que vence el 31 de diciembre de 2009. Cumplimos para ello todos los requisitos que se establecen tanto en el Estatuto de los Trabajadores como en el mismo convenio y propusimos como fecha para constituir la mesa negociadora el 28 de septiembre de 2009.

Cual no será nuestra sorpresa, cuando días después recibimos un escrito de UGT diciendo que… ¡denunciaban el convenio! Y que proponen que la mesa negociadora se reúna a partir de enero de 2010. A parte de que se olvidan de que el convenio ya estaba denunciado, UGT incumple el requisito que marca el Estatuto de los Trabajadores de constituir la mesa negociadora como máximo un mes después de recibir la denuncia. Ya vemos que tienen muy poca prisa en resolver los problemas del sector.

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Buenas noticias para los trabajadores despedidos en KONECTA de Avilés, los Juzgados de lo Social de esa ciudad ya están emitiendo las primeras sentencias reconociendo la improcedencia de estos despidos y obligando a la empresa a la readmisión o a la indemnización con 45 días por año trabajado, además en ambos casos con los correspondientes salarios de tramitación. Lo mismo está ocurriendo con los compañeros despedidos por ATENTO en Madrid en la campaña de DATA. Si incumplen la ley, al menos que tengan claro que les costará el dinero.

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El próximo 23 de septiembre se celebrará el juicio en la Audiencia Nacional por la demanda iniciada por CGT para la correcta aplicación del artículo 57 sobre PVD´S. Reclamamos una pausa de 5 minutos por cada hora de trabajo. Si mi jornada es de 8 horas, 8 pausas, si es de 7 horas, 7 pausas...

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Ese mismo día, también en la Audiencia Nacional se celebrará el juicio que CGT ha interpuesto contra TELETECH por no reconocer el parto de familiar hasta 2º grado como permiso retribuido según se establece en el artículo 29.1.c del convenio colectivo.

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ATENTO ha sido condenada en A Coruña por el Juzgado de lo Social nº 2 por discriminación sindical contra dos afiliadas de CGT (que casualidad) ya que fueron la únicas a las que la empresa no ofreció ampliar su jornada a 39 horas al negarse las compañeras a cambiar su horario.

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El Tribunal supremo ha declarado firme la sentencia de la Audiencia Nacional que condenaba a EUROCEN a abonar integras las pagas extras cuando el trabajador se encontraba en situación de Incapacidad Temporal. La solución ha tardado en llegar, ya que todo el proceso se inició a mediados del año 2007, pero el tiempo casi siempre acaba por dar la razón a quien la tiene.

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